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Home Política

Busca iniciativa sancionar hasta con 5 años de prisión a quien ejerza violencia contra personas adultas mayores

by Redacción
marzo 21, 2026
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A fin de tipificar el delito de violencia a personas adultas mayores y establecer una pena de nueve meses a cinco años de prisión y sanción de 95 a 600 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), el diputado Gabino Morales Mendoza (Morena) impulsa una iniciativa.

El documento, que adiciona el artículo 343 Quinquies del Código Penal Federal, establece que cometerá este delito quien lleve a cabo cualquier maltrato, castigo corporal, cruel, abusivo, dirigido a dominar, someter, controlar o agredir de manera física, verbal, psicológica, patrimonial y económica.

El propósito, señala la propuesta de reforma enviada a la Comisión de Justicia, es atender la salud mental y física de las personas adultas mayores.

Refiere que, de acuerdo con datos oficiales del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), la población de 60 años y más supera los 17 millones de personas, lo que corresponde a alrededor de 14 por ciento de la población nacional, tendencia que seguirá en aumento dado el proceso de envejecimiento demográfico.

Pese a las contribuciones sociales, culturales y productivas que han realizado a lo largo de su vida, miles de personas adultas mayores enfrentan diariamente situaciones de violencia y maltrato que vulneran sus derechos humanos fundamentales, y atentan contra su dignidad, integridad física y salud emocional, añade.

Advierte que la violencia contra las personas adultas mayores en México es un fenómeno grave y sistemático que ocurre principalmente en el ámbito familiar, muchas veces por parte de quienes deberían protegerlas. El maltrato puede manifestarse de forma física, psicológica, económica, sexual y negligencia, y sus consecuencias se reflejan tanto en su bienestar físico como emocional.

El diputado de Morena precisa que, si bien la Constitución Política obliga al Estado a promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, prohibiendo toda forma de violencia y discriminación, y la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores dispone que el Estado debe garantizar condiciones de seguridad y protección para una vida libre de violencia, el Código Penal Federal no siempre considera agravante específica la condición de persona mayor en delitos violentos.

“Este vacío limita la capacidad del sistema penal para disuadir y sancionar adecuadamente este tipo de conductas. En otros ordenamientos jurídicos, la condición de edad avanzada se considera un factor de agravación de pena, como ocurre en países como España y Colombia, reconociendo que la vulnerabilidad derivada de la edad merece una protección reforzada”, afirma.

Morales Mendoza argumenta que numerosas investigaciones han demostrado que el maltrato está asociado con un deterioro significativo de la salud física y mental. Personas mayores que sufren violencia presentan mayores niveles de dolor crónico, depresión, ansiedad, aislamiento social, deterioro físico, complicaciones en enfermedades crónicas y disminución de la calidad de vida en general.

Por ello, subraya, se busca cimentar una respuesta social que reconozca expresamente la gravedad de la violencia contra personas adultas mayores, con lo que se sana un vacío normativo grave al reconocer la condición de vulnerabilidad como un factor que exige una respuesta penal más severa y específica.

Además, protege la dignidad humana y los derechos fundamentales de un sector poblacional que ha contribuido al desarrollo social del país, y facilita mecanismos de reparación integral orientados a garantizar atención en salud física y mental para las víctimas.

También, fortalece el marco jurídico nacional en materia de protección a las personas adultas mayores e impulsa una política pública penal más humana, preventiva y respetuosa de las garantías individuales, al responder a un problema que cada vez afecta a más hogares en el país, enfatiza.

https://gaceta.diputados.gob.mx/Gaceta/66/2026/mar/20260310-II-1.html#Iniciativa2

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